jueves, 27 de marzo de 2008

¿Para qué sirve un concejal?

Este título suele ser la pregunta que con carácter de crítica sueltan muchos ciudadanos cuando advierten que las cosas de su municipio no funcionan.
Entonces atribuyen al Concejo Deliberante las culpas de la ineficacia y del desorden, cuando no de la inoperancia y del abandono.
En el ordenamiento legal de nuestro país , y de la Provincia de Buenos Aires en particular (la más atrasada en el régimen de sus municipalidades, sobre todo por el sometimiento electoral, político, administrativo y económico a la centralista La Plata, y en consecuencia al partido político gobernante), toda Municipalidad gobierna un municipio por medio de, Departamento Ejecutivo (Intendente y auxiliares) y el DepartamentoDeliberativo: Concejales.
Si el ciudadano, los Intendentes y los Concejales, estuvieran atentos al concreto significado de esas palabras ambas instituciones funcionarían mejor, con menor desgaste político, con mejor imagen pública, con mayor confianza de la población, sin derroche de recursos ( plata, tiempo, palabras, esfuerzos. . .)
El Concejo Deliberante no HACE. Delibera, discute.
LEGISLA: No ejecuta. No barre. No dirige el tránsito. No multa.
Reglamenta. Establece. Instituye.
Considera y otorga las concesiones de servicios públicos. Autoriza al Departamento Ejecutivo, si lo considera conveniente, la firma de convenios y contratos. Considera, aprueba los presupuestos y sus modificaciones. Revisa las cuentas anuales.
Sus obligaciones y facultades están regladas minuciosamente por la Ley Orgánica de las Municipalidades. Su tarea legislativa se ejerce por medio de sus sesiones; su trabajo por medio de comisiones que integran sus miembros: ellas atienden los asuntos que el Departamento Ejecutivo, los propios concejales y las instituciones del municipio, les confían.
Sus principales expresiones concretas, son las ordenanzas, sancionadas por medio de la votación en el recinto de sesiones, las que tendrán vigencia para todos los habitantes, mientras no sean reemplazadas por otras.
Lo hacen en representación del pueblo que para eso los ha votado, en aproximada proporción de los partidos que profesan las diferentes opiniones políticas. Aunque, vale aclarar, que debido a la defectuosa ley de distribución de los cargos según los votos obtenidos, en la elección del 28 de octubre pasado, cerca de 17.000 ciudadanos de Luján quedaron sin representación en el Concejo, que es decir, en el gobierno municipal.
Legislar. Representar. Controlar.
Así, el gran trabajo de los concejales está en las Comisiones. Es en ellas donde se da la verdadera discusión de los asuntos. Están equivocados quienes, llevados de su desconocimiento, miden la tarea de un concejal por las veces y manera en que habla en el recinto, o en el número, ilusorio a veces, de proyectos que presenta. No saben con cuánto estudio, consulta, redacción, diálogo, negociación legítima, se ha forjado en una Comisión una ordenanza que influirá en la vida ciudadana.
Conocimiento y contracción estricta a sus obligaciones, conocimiento del medio en que se desarrolla su acción, y de las necesidades y opiniones de sus representados. Conocimiento de sus facultades, y de sus limitaciones. Conocimiento, a través del estudio, de la investigación, del asesoramiento con expertos que suplan sus carencias, de los temas que debe tratar.
Ceñirse al tiempo y al tema de los debates. Evitar la charlatanería, la prepotencia y el insulto. La oposición cerril y sin razón; la obediencia servil al oficialismo.
El Concejo no es el brazo ejecutor del Intendente. Es, en cambio, el otro brazo de los ciudadanos.
Cuando un ciudadano jura , cuando asume su cargo de concejal, cumplir bien y fielmente la función para la que ha sido elegido, lo hace por la tabla de valores religiosos y morales que su conciencia reconoce. De él y de otros dependerá, desde entonces, el prestigio y la legítima autoridad de la institución.
La república y la democracia no se dan en los papeles. Se construyen sobre instituciones que funcionan.

No hay comentarios: